Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de Economía.

La Secretaría de Economía, por conducto de la Dirección General de Normas, con fundamento en los artículos 34 fracciones XIII y XXX de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal; 39 fracción V,
40 fracciones I y XII, 46, 47 fracción IV de la Ley Federal sobre Metrología y Normalización, y 19 fracciones I
y XV del Reglamento Interior de esta Secretaría, y

CONSIDERANDO

Que es responsabilidad del Gobierno Federal procurar las medidas que sean necesarias para garantizar que los productos que se comercialicen en territorio nacional contengan los requisitos necesarios con el fin de garantizar los aspectos de información comercial para lograr una efectiva protección del consumidor.

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Por medio del presente me permito informarle que la carta encomienda deberá ser presentada en su nuevo formato a más tardar el 30 de noviembre del presente año ante el Padrón de Importadores a cargo de la Administración General de Aduanas. Dicho formato se encuentra en el anexo 1 publicado en el D.O.F. el día 10 de Octubre del presente año.

Las cartas de encomienda presentadas con anterioridad a la publicación de dicho formato, se considerarán tramitadas conforme al escrito libre que se hubiera presentado, por lo que ya no será necesario volver a presentarlas en su nuevo formato.

Formato Carta Encomienda


Se prorroga la obligación de colocar un fleje ( candado oficial ), mismo que era asentado en el certificado fitozoosanitario de importación. Se prorroga hasta nuevo aviso.


Se derogan los artículos que norman lo relativo a la autorización que otorgaba el SAT a los particulares para prestar los servicios de procesamiento electrónico de datos y servicios relacionados. (ver anexo)

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