
Tijuana, B.C., 16 de Junio de 2003.
Estimado cliente:
El día de hoy se publicó en el Diario
Oficial de la Federación el Decreto por el que
se crean y modifican diversos aranceles de la TIGIE; en
archivo adjunto encontrará copia de la publicación.
A continuación le informamos algunos puntos importantes
de la citada publicación:
-
La presente Resolución entrará
en vigor al día siguiente de su publicación
en el Diario Oficial de la Federación, con excepción
de;
-
El artículo 2º de este
Decreto entrará en vigor el 1 de enero de 2004.
-
Quedará exenta de advalorem
a la importación la fracción arancelaria
8471.60.02 (Monitores con tubo de rayo catódico
en colores) a partir del 1º de enero de 2005. (En
el artículo 1º se grava con una tasa del
11.5 en este Decreto).
-
Se modifican aranceles cupo comprendidos
en el artículo 4 de este Decreto, el arancel
cupo de las fracciones arancelarias 0406.10.01, 0406.30.01,
0406.30.99, 0406.90.03 y 0406.90.05 entrará en
vigor el 1 de julio de 2003.
Reciba un cordial saludo, estando a sus
órdenes para cualquier aclaración.
ATENTAMENTE
Consultoría y Asesoría. A.A. Gutiérrez
y Gutiérrez.
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