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Tijuana, B.C., 16 de Junio de 2003.

Estimado cliente:

El día de hoy se publicó en el Diario Oficial de la Federación el Decreto por el que se crean y modifican diversos aranceles de la TIGIE; en archivo adjunto encontrará copia de la publicación.

A continuación le informamos algunos puntos importantes de la citada publicación:

  1. La presente Resolución entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Federación, con excepción de;
  2. El artículo 2º de este Decreto entrará en vigor el 1 de enero de 2004.
  3. Quedará exenta de advalorem a la importación la fracción arancelaria 8471.60.02 (Monitores con tubo de rayo catódico en colores) a partir del 1º de enero de 2005. (En el artículo 1º se grava con una tasa del 11.5 en este Decreto).
  4. Se modifican aranceles cupo comprendidos en el artículo 4 de este Decreto, el arancel cupo de las fracciones arancelarias 0406.10.01, 0406.30.01, 0406.30.99, 0406.90.03 y 0406.90.05 entrará en vigor el 1 de julio de 2003.

Reciba un cordial saludo, estando a sus órdenes para cualquier aclaración.

ATENTAMENTE

Consultoría y Asesoría. A.A. Gutiérrez y Gutiérrez.